Cantar
(*)
Mi patria tiene montañas,
no mar.
Olas de trigo y trigales,
no mar.
Espuma azul los pinares,
no mar.
Cielos de esmalte fundido
no mar.
Y el coro ronco del viento
sin mar
Mi patria tiene montañas,
no mar.
Olas de trigo y trigales,
no mar.
Espuma azul los pinares,
no mar.
Cielos de esmalte fundido
no mar.
Y el coro ronco del viento
sin mar
*Oscar Cerruto (1912 - 1981)
Poeta, narrador, periodista y diplomático, es considerado
uno de los grandes
poetas de Bolivia
Poeta, narrador, periodista y diplomático, es considerado
uno de los grandes
poetas de Bolivia
TENGO
EL CIELO AL ALCANCE DE
LA MANO Y NO EL MAR
LA MANO Y NO EL MAR
Germán Zelada Urioste
Extendidas mis manos hacia el cielo
pudieron alcanzar a los luceros
para atrapar allí los reverberos
que se miran de noche desde el suelo.
pudieron alcanzar a los luceros
para atrapar allí los reverberos
que se miran de noche desde el suelo.
Me robaron el mar, estoy en duelo,
tal hacen por doquier los marineros
que surcan por el mar con sus veleros
quise singlar y vino el desconsuelo.
Ha puesto una muralla de cañones,
ha sembrado de minas la frontera,
afirma que la guerra da derecho.
tal hacen por doquier los marineros
que surcan por el mar con sus veleros
quise singlar y vino el desconsuelo.
Ha puesto una muralla de cañones,
ha sembrado de minas la frontera,
afirma que la guerra da derecho.
Por mucho que nos niegue las razones
el vil usurpador,
quiera o no quiera,
tendrá que recular cediendo el trecho.
quiera o no quiera,
tendrá que recular cediendo el trecho.
LOS MITOS CHILENOS Y LA REALIDAD DE LOS DERECHOS BOLIVIANOS
Almirante (sp)
Jorge Botello Monje
Luego de la
invasión de nuestra costa, Chile, pretendiendo justificar su agresión, emitió un
documento en el que con argumentos inexactos, por decir lo menos, buscaba
desinformar a los gobiernos a los que fue dirigido. Dicho escrito fue
oportunamente desmentido por don José María Santibáñez. Este año, como
consecuencia de la demanda presentada por Bolivia ante la Corte de La Haya,
repite lo que hizo el 18 de febrero de 1879, otra vez tratando de confundir a la
opinión internacional.
Esta vez en tres idiomas publica un folleto titulado: “CHILE Y LA ASPIRACIÓN MARÍTIMA BOLIVIANA. MITO Y REALIDAD”, el propósito es el mismo: dar información errónea a la opinión pública internacional, con afirmaciones tergiversadas. El documento consta de cuatro incisos, el primero: “BOLIVIA TIENE ACCESO AL MAR” afirma que: “Chile reconoció a favor de Bolivia y a perpetuidad “el más amplio y libre derecho de tránsito comercial por su territorio y puertos del Pacífico””. “A través de estas facilidades, privilegios y derechos en territorio chileno, Bolivia tiene amplio acceso al Océano Pacífico”.
Esta aseveración no es cierta porque si bien el tratado cuestionado, estipula el libre tránsito, este, aparte de que ha sido numerosas veces restringido y por lo tanto no cumplido plenamente, limita dicho transito únicamente a lo comercial; además especifica claramente que el acceso es a los puertos, no al mar. Por lo tanto decir que eso significa que Bolivia acceda al mar, es una afirmación tendenciosa.
Alude también a una serie de supuestas condiciones ventajosas aplicadas al comercio boliviano, asunto que no tiene nada que ver con lo demandado por nuestro país.
Señala el documento que la carga boliviana que mueven esos puertos, se ha incrementado considerablemente, esto es consecuencia de la gran dependencia de Bolivia, respecto de Chile, lo que ocasiona la pérdida de un porcentaje del PIB, tal cual ha sido establecido por fuentes ajenas.
El segundo punto: “CHILE Y BOLIVIA POSEEN LÍMITES CLAROS Y DEFINITIVOS FUNDADOS EN UN TRATADO PLENAMENTE VIGENTE”, señala que los límites fueron establecidos en el tratado de 1904, y dice: “Cabe señalar que este tratado fue suscrito libremente transcurridos 24 años del término del conflicto que los enfrentó en el siglo XIX y 20 años después de la tregua establecida entre ambas partes”. No menciona el hecho de que dicho tratado fue firmando estando ocupado el territorio boliviano, y que existió amenaza a través de declaraciones de sus diplomáticos, por lo tanto Chile ejercía presión armada y Bolivia no podía actuar en libertad. Tampoco explica la forma en que se dio esa ocupación, derivada de una injustificable agresión.
Pretende mostrar que dicho tratado es completamente ventajoso para Bolivia, cita el libro de Alberto Gutiérrez que dice: “El Tratado firmado con Chile el 20 de octubre de 1904 era una evolución tan considerable en la economía nacional, que puede decirse que abarcaba todas las necesidades fundamentales: ferrocarriles, instrucción, independencia aduanera y financial”. (Alberto Gutiérrez, La Guerra de 1879. La Paz: Librería Editorial GUM, 2012, p. 352).
Omite referirse a las numerosas publicaciones contrarias a dicho documento, por ejemplo: “En efecto, en más de cien años de encierro, tanto Chile como Bolivia han comprobado que el libre tránsito no ha funcionado debidamente. Varias décadas de vigencia tiene el Tratado de 1904, y son múltiples las ocasiones en que aquel derecho ha sido absolutamente desvirtuado o infringido” (Escobar Cusicanqui, Jorge. Historia Diplomática de Bolivia. Tomo I. Plural Editores. 6ta Edición. La Paz, 2013. Pag. 136).
Otro ejemplo el del historiador chileno don Cástulo Martínez, que respecto del supuesto libre tránsito afirma: “existe suficiente evidencia documentada que demuestra que, al menos en estos tres puntos ya señalados, (se refiere a otros dos puntos que defieran favorecer a Bolivia) nuestro país (Chile) no ha respetado su cumplimento como debería ser.” (Martínez Cástulo. Chile Depredador. Editorial Gum La Paz. 2010. Pag. 133)
El siguiente punto: “LO QUE ESTÁ EN JUEGO: EL DESARROLLO NORMAL DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES Y EL RESPETO POR LOS LÍMITES ESTABLECIDOS” tiene que ver con el reclamo de Bolivia y dice que: “se basa en negociaciones diplomáticas que tuvieron lugar en el pasado como fuente de esta supuesta obligación. La pretensión de Bolivia carece de todo fundamento. Chile no está sujeto a ninguna obligación existente de negociar con Bolivia para llegar a un acuerdo que otorgue a Bolivia un acceso completamente soberano al Océano Pacífico.” Señala que las “negociaciones son un componente esencial de las relaciones pacíficas entre los Estados y que sin estas…serán incapaces de resolver los temas a menudo complejos que forman parte del quehacer internacional.”
Refiere que para que las negociaciones logren su objetivo, los Estados deben tener libertad para expresar sus puntos de vista y para realizar propuestas que consideren sus derechos e intereses.
Por otra parte argumenta que los estados deben poder participar en un dialogo “sin necesidad de estar legalmente obligados a llegar a un acuerdo que no tenga debidamente en cuenta los derechos e intereses de cada Estado”
Continua: “Además, el requisito de que los Estados deben consentir en cualquier obligación legal que se imponga sobre ellos es un principio elemental del sistema legal internacional, proveniente del principio de igualdad soberana.” Y que “ La reclamación de Bolivia podría tener consecuencias potenciales de gran alcance en la libertad de los Estados para participar en negociaciones diplomáticas, como también en su habilidad para discutir libremente sin temor que su contraparte negociadora argumente más tarde que debido a que en circunstancias particulares en algún momento de la historia una iniciativa diplomática fue realizada o pensada, ésta pudiera luego ser considerada que ha creado una obligación legalmente vinculante de alcanzar un determinado resultado.” Esta parte concluye señalando que: “Bolivia busca con su pretensión un resultado por el cual Chile sea obligado a aceptar modificar el límite entre los dos Estados. En efecto, Bolivia busca alterar el límite acordado desde hace 110 años con Chile.” Respecto de este punto, debemos manifestar nuestro acuerdo con la primera parte del título, es decir que está en juego: EL DESARROLLO NORMAL DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES, no así lo que refiere al supuesto irrespeto de los límites establecidos. Y está en juego el desarrollo normal de las relaciones internacionales, porque Chile no está dispuesto a sujetarse a lo que la comunidad internacional ha establecido para el arreglo pacífico de las controversias. Esto se desprende de las numerosas afirmaciones dirigidas a negar los derechos bolivianos e incluso negar competencia a la Corte de La Haya
Sobre este punto conviene hacer las siguientes consideraciones: Según Chile, los estados deben tener libertad para “realizar propuestas que consideren sus derechos e intereses.” A esta afirmación cabe una pregunta: ¿de qué manera Bolivia obligó a Chile a proponer una salida soberana, como solución del enclaustramiento boliviano? Por otra parte debemos entender que los gobiernos que ofrecieron la salida soberana al mar para Bolivia, tuvieron en cuenta sus derechos e intereses estimando que la solución ofrecida era la mejor para preservarlos.
Respecto a que los estados deben consentir las obligaciones que se les impongan, es un hecho que no puede negarse. Este consentimiento lo manifiesta el estado cuando acepta someterse a las decisiones de un tribunal internacional, por lo tanto las decisiones de dicho tribunal, son consentidas por los países que eventualmente se ven sujetos de alguna demanda. No puede negarse que un estado, al manifestar la disposición a cumplir una obligación, está contrayendo frente a la comunidad internacional y por supuesto frente al estado ante el cual manifiesta dicha intención, la obligación de cumplir con lo ofrecido, de lo contrario, las negociaciones para resolver cualquier diferendo podrían extenderse sin límite en el tiempo, pues el estado podría cambiar frecuentemente de criterio y consecuentemente convertir en una farsa cualquier negociación, quitándole la eficacia como instrumento de arreglo de diferendos, esto ha estado haciendo el estado chileno, por lo que en su relación con Bolivia las negociaciones no pasaron de ser un entretenimiento para evitar la solución del problema marítimo.
Fueron múltiples las oportunidades en que Chile se comprometió, libremente, a dar salida soberana al mar a Bolivia, incluso frente a gobiernos de terceros países, tal el caso de lo manifestado por el gobierno chileno al presidente Truman de los EEUU, cuando explicó la disposición chilena de ceder un corredor sin compensación territorial, circunstancia en la que incluso el mandatario chileno y el norteamericano consultaron en un mapa la posible solución, así está registrado en los archivos del departamento de Estado. (Gumucio Granier, Jorge. Estados Unidos y el mar boliviano. Plural Editores. La Paz 2005. Pag 361.
A consecuencia de lo tratado entre los presidentes Gonzales Videla y Truman, el gobierno boliviano envió una nota en junio de 1950, para continuar las conversaciones, esta mereció la respuesta en los siguientes términos: “De las citas contenidas en la nota que contesto, fluye que el Gobierno de Chile, junto con resguardad la situación de derecho establecida en el Tratado de Paz de 1904, ha estado dispuesto a estudiar, en gestiones directas con Bolivia, la posibilidad de satisfacer las aspiraciones del Gobierno de Vuestra Excelencia y los intereses de Chile”
“En la presente oportunidad, tengo el honor de expresar a Vuestra Excelencia que mi Gobierno será consecuente con esa posición y que, animado de un espíritu de fraternal amistad hacia Bolivia, está llano a entrar formalmente en una negociación directa destinada a buscar la fórmula que pueda hacer posible dar a Bolivia una salida propia y soberana al Océano Pacífico, y a Chile obtener las compensaciones que no tengan carácter territorial y que consulten efectivamente sus intereses.” (Op. Cit. Gumucio Granier Jorge. Pág. 362)
Esta vez en tres idiomas publica un folleto titulado: “CHILE Y LA ASPIRACIÓN MARÍTIMA BOLIVIANA. MITO Y REALIDAD”, el propósito es el mismo: dar información errónea a la opinión pública internacional, con afirmaciones tergiversadas. El documento consta de cuatro incisos, el primero: “BOLIVIA TIENE ACCESO AL MAR” afirma que: “Chile reconoció a favor de Bolivia y a perpetuidad “el más amplio y libre derecho de tránsito comercial por su territorio y puertos del Pacífico””. “A través de estas facilidades, privilegios y derechos en territorio chileno, Bolivia tiene amplio acceso al Océano Pacífico”.
Esta aseveración no es cierta porque si bien el tratado cuestionado, estipula el libre tránsito, este, aparte de que ha sido numerosas veces restringido y por lo tanto no cumplido plenamente, limita dicho transito únicamente a lo comercial; además especifica claramente que el acceso es a los puertos, no al mar. Por lo tanto decir que eso significa que Bolivia acceda al mar, es una afirmación tendenciosa.
Alude también a una serie de supuestas condiciones ventajosas aplicadas al comercio boliviano, asunto que no tiene nada que ver con lo demandado por nuestro país.
Señala el documento que la carga boliviana que mueven esos puertos, se ha incrementado considerablemente, esto es consecuencia de la gran dependencia de Bolivia, respecto de Chile, lo que ocasiona la pérdida de un porcentaje del PIB, tal cual ha sido establecido por fuentes ajenas.
El segundo punto: “CHILE Y BOLIVIA POSEEN LÍMITES CLAROS Y DEFINITIVOS FUNDADOS EN UN TRATADO PLENAMENTE VIGENTE”, señala que los límites fueron establecidos en el tratado de 1904, y dice: “Cabe señalar que este tratado fue suscrito libremente transcurridos 24 años del término del conflicto que los enfrentó en el siglo XIX y 20 años después de la tregua establecida entre ambas partes”. No menciona el hecho de que dicho tratado fue firmando estando ocupado el territorio boliviano, y que existió amenaza a través de declaraciones de sus diplomáticos, por lo tanto Chile ejercía presión armada y Bolivia no podía actuar en libertad. Tampoco explica la forma en que se dio esa ocupación, derivada de una injustificable agresión.
Pretende mostrar que dicho tratado es completamente ventajoso para Bolivia, cita el libro de Alberto Gutiérrez que dice: “El Tratado firmado con Chile el 20 de octubre de 1904 era una evolución tan considerable en la economía nacional, que puede decirse que abarcaba todas las necesidades fundamentales: ferrocarriles, instrucción, independencia aduanera y financial”. (Alberto Gutiérrez, La Guerra de 1879. La Paz: Librería Editorial GUM, 2012, p. 352).
Omite referirse a las numerosas publicaciones contrarias a dicho documento, por ejemplo: “En efecto, en más de cien años de encierro, tanto Chile como Bolivia han comprobado que el libre tránsito no ha funcionado debidamente. Varias décadas de vigencia tiene el Tratado de 1904, y son múltiples las ocasiones en que aquel derecho ha sido absolutamente desvirtuado o infringido” (Escobar Cusicanqui, Jorge. Historia Diplomática de Bolivia. Tomo I. Plural Editores. 6ta Edición. La Paz, 2013. Pag. 136).
Otro ejemplo el del historiador chileno don Cástulo Martínez, que respecto del supuesto libre tránsito afirma: “existe suficiente evidencia documentada que demuestra que, al menos en estos tres puntos ya señalados, (se refiere a otros dos puntos que defieran favorecer a Bolivia) nuestro país (Chile) no ha respetado su cumplimento como debería ser.” (Martínez Cástulo. Chile Depredador. Editorial Gum La Paz. 2010. Pag. 133)
El siguiente punto: “LO QUE ESTÁ EN JUEGO: EL DESARROLLO NORMAL DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES Y EL RESPETO POR LOS LÍMITES ESTABLECIDOS” tiene que ver con el reclamo de Bolivia y dice que: “se basa en negociaciones diplomáticas que tuvieron lugar en el pasado como fuente de esta supuesta obligación. La pretensión de Bolivia carece de todo fundamento. Chile no está sujeto a ninguna obligación existente de negociar con Bolivia para llegar a un acuerdo que otorgue a Bolivia un acceso completamente soberano al Océano Pacífico.” Señala que las “negociaciones son un componente esencial de las relaciones pacíficas entre los Estados y que sin estas…serán incapaces de resolver los temas a menudo complejos que forman parte del quehacer internacional.”
Refiere que para que las negociaciones logren su objetivo, los Estados deben tener libertad para expresar sus puntos de vista y para realizar propuestas que consideren sus derechos e intereses.
Por otra parte argumenta que los estados deben poder participar en un dialogo “sin necesidad de estar legalmente obligados a llegar a un acuerdo que no tenga debidamente en cuenta los derechos e intereses de cada Estado”
Continua: “Además, el requisito de que los Estados deben consentir en cualquier obligación legal que se imponga sobre ellos es un principio elemental del sistema legal internacional, proveniente del principio de igualdad soberana.” Y que “ La reclamación de Bolivia podría tener consecuencias potenciales de gran alcance en la libertad de los Estados para participar en negociaciones diplomáticas, como también en su habilidad para discutir libremente sin temor que su contraparte negociadora argumente más tarde que debido a que en circunstancias particulares en algún momento de la historia una iniciativa diplomática fue realizada o pensada, ésta pudiera luego ser considerada que ha creado una obligación legalmente vinculante de alcanzar un determinado resultado.” Esta parte concluye señalando que: “Bolivia busca con su pretensión un resultado por el cual Chile sea obligado a aceptar modificar el límite entre los dos Estados. En efecto, Bolivia busca alterar el límite acordado desde hace 110 años con Chile.” Respecto de este punto, debemos manifestar nuestro acuerdo con la primera parte del título, es decir que está en juego: EL DESARROLLO NORMAL DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES, no así lo que refiere al supuesto irrespeto de los límites establecidos. Y está en juego el desarrollo normal de las relaciones internacionales, porque Chile no está dispuesto a sujetarse a lo que la comunidad internacional ha establecido para el arreglo pacífico de las controversias. Esto se desprende de las numerosas afirmaciones dirigidas a negar los derechos bolivianos e incluso negar competencia a la Corte de La Haya
Sobre este punto conviene hacer las siguientes consideraciones: Según Chile, los estados deben tener libertad para “realizar propuestas que consideren sus derechos e intereses.” A esta afirmación cabe una pregunta: ¿de qué manera Bolivia obligó a Chile a proponer una salida soberana, como solución del enclaustramiento boliviano? Por otra parte debemos entender que los gobiernos que ofrecieron la salida soberana al mar para Bolivia, tuvieron en cuenta sus derechos e intereses estimando que la solución ofrecida era la mejor para preservarlos.
Respecto a que los estados deben consentir las obligaciones que se les impongan, es un hecho que no puede negarse. Este consentimiento lo manifiesta el estado cuando acepta someterse a las decisiones de un tribunal internacional, por lo tanto las decisiones de dicho tribunal, son consentidas por los países que eventualmente se ven sujetos de alguna demanda. No puede negarse que un estado, al manifestar la disposición a cumplir una obligación, está contrayendo frente a la comunidad internacional y por supuesto frente al estado ante el cual manifiesta dicha intención, la obligación de cumplir con lo ofrecido, de lo contrario, las negociaciones para resolver cualquier diferendo podrían extenderse sin límite en el tiempo, pues el estado podría cambiar frecuentemente de criterio y consecuentemente convertir en una farsa cualquier negociación, quitándole la eficacia como instrumento de arreglo de diferendos, esto ha estado haciendo el estado chileno, por lo que en su relación con Bolivia las negociaciones no pasaron de ser un entretenimiento para evitar la solución del problema marítimo.
Fueron múltiples las oportunidades en que Chile se comprometió, libremente, a dar salida soberana al mar a Bolivia, incluso frente a gobiernos de terceros países, tal el caso de lo manifestado por el gobierno chileno al presidente Truman de los EEUU, cuando explicó la disposición chilena de ceder un corredor sin compensación territorial, circunstancia en la que incluso el mandatario chileno y el norteamericano consultaron en un mapa la posible solución, así está registrado en los archivos del departamento de Estado. (Gumucio Granier, Jorge. Estados Unidos y el mar boliviano. Plural Editores. La Paz 2005. Pag 361.
A consecuencia de lo tratado entre los presidentes Gonzales Videla y Truman, el gobierno boliviano envió una nota en junio de 1950, para continuar las conversaciones, esta mereció la respuesta en los siguientes términos: “De las citas contenidas en la nota que contesto, fluye que el Gobierno de Chile, junto con resguardad la situación de derecho establecida en el Tratado de Paz de 1904, ha estado dispuesto a estudiar, en gestiones directas con Bolivia, la posibilidad de satisfacer las aspiraciones del Gobierno de Vuestra Excelencia y los intereses de Chile”
“En la presente oportunidad, tengo el honor de expresar a Vuestra Excelencia que mi Gobierno será consecuente con esa posición y que, animado de un espíritu de fraternal amistad hacia Bolivia, está llano a entrar formalmente en una negociación directa destinada a buscar la fórmula que pueda hacer posible dar a Bolivia una salida propia y soberana al Océano Pacífico, y a Chile obtener las compensaciones que no tengan carácter territorial y que consulten efectivamente sus intereses.” (Op. Cit. Gumucio Granier Jorge. Pág. 362)
Al ser la oferta un acto unilateral del estado chileno y al generar estos actos,
una obligación que debe ser cumplida por el estado concernido, pues constituyen
verdaderos tratados, tal cual lo reconoce la jurisprudencia, Chile está obligado
a cumplir lo ofertado. Son los mismos investigadores chilenos que reconocen esta
obligación así dice Máximo Quitral sobre el reclamo boliviano: “… se basa en
actos unilaterales del Estado chileno, o sea, se insiste en que no solo los
tratados obligan, sino que también los actos bajo la voluntad gubernamental
(zanjados por escrito o también orales) y los cuales representan un elemento
importante en la conformación del derecho internacional. En el fondo los actos
unilaterales entre Estados se transforman en mecanismo de obligación jurídica
internacional, asunto realmente complejo pero no difícil de ser probado, ya que
los actos unilaterales tendrían cierta doctrina (Venturini por ejemplo) como la
existencia de jurisprudencia internacional. Los abogados chilenos ya deberían
estar trabajando sobre esto.” (Historiador y politólogo, investigador del
Instituto de Estudios Internacionales de la Universidad Arturo Prat. Autor del
libro “Los desafíos de una agenda bilateral: Chile y Bolivia entre las
diferencias políticos y los acercamientos económicos, 1970-1990″ y “América
Latina, nuevas miradas desde el Sur” (http://www.elquintopoder.cl/politica/fallo-de-la-haya-se-nos-viene-bolivia/)).
De lo detallado se desprende que no está en juego el respeto por los límites
establecidos, puesto que el presente caso es de carácter particular y se origina
en una promesa, un acto unilateral, que implica una obligación, y no tiene
ningún efecto, ipso facto, respecto de cualquier otro tratado sino
exclusivamente en lo referido a Bolivia y Chile y específicamente como
consecuencia de la obligación libremente asumida por nuestro vecino del oeste y
en lo referido a dicha oferta.
No se debe olvidar que la oferta de entregar a Bolivia, un acceso soberano al
Pacifico, la hizo Chile en completa libertad, sin que haya existido ninguna
amenaza de parte de nuestro país, aunque ahora su gobierno exija negociar en
libertad, libertad que nos fue negada cuando nuestro gobierno tuvo que firmar el
Tratado de3 1904.
El último punto del documento es solo una muestra estadística que tampoco tiene
relación con la problemática presente.
Para concluir conviene transcribir a don Cástulo Martínez en su libro “Chile
Depredador ( Ed Gum. La Paz 2010. Pag 15) en cuyo capítulo I bajo el título de:
“La Historia en Chile, ¿Es Confiable?” afirma: “En Chile la verdad histórica –
al menos en relación con Bolivia y Perú – tiene ciertas áreas manipuladas; y
esta información así distorsionada se enseña en las escuelas chilenas, desde los
primeros años de la enseñanza básica hasta el periodo universitario, como si
fuera verdad genuina”
Bajo este paradigma, ¿pueden ser creíbles los argumentos chilenos que pretenden
descalificar la demanda boliviana?
Podrán escribir libros eternos; podrán tergiversar o continuar con la mentira histórica de que Bolivia "nació" con mar; podrán decir y hacer lo que les venga en gana, sin embargo, al final de todo, NO TENDRÁN SOBERANÍA EN EL PACÍFICO.
ResponderEliminarEs tal la perpetua irreverencia boliviana, tal su desfachatez, su agresividad, que se han transformado en una nación indeseable cómo para mantener una buena y saludable amistad vecinal.
Es definitivo: jamás los convertiremos en vecinos nuestros en el Pacífico.